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Durante mi paso por el servicio público comprendí que la recaudación no comienza cuando se presenta una declaración fiscal. Empieza antes, cuando una empresa invierte, una fábrica contrata trabajadores o una actividad económica se formaliza. La declaración sólo registra, meses más tarde, una decisión ya tomada. Por eso la revisión del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá no puede analizarse únicamente desde los aranceles y las exportaciones. Exige preguntarnos qué pierde la Hacienda pública cuando una inversión queda suspendida entre una negociación y la siguiente.

El 1 de julio de 2026, conforme al artículo 34.7 del tratado, los tres países celebraron la primera revisión conjunta obligatoria. México y Canadá manifestaron su disposición a prorrogarlo dieciséis años más, hasta 2042. Estados Unidos no confirmó esa extensión y sostuvo que aún deben atenderse diversas preocupaciones (Office of the United States Trade Representative [USTR], 2026). Esto no significa que el T-MEC haya terminado. Continúa plenamente vigente hasta 2036 y puede prorrogarse en cualquier momento. Lo que se activó fue un mecanismo de revisiones anuales durante la próxima década. La certidumbre no desapareció, se acortó, y pasó de un horizonte de dieciséis años renovables a uno de diez sometido a fricción anual.

Viri Ríos ha señalado que presentar esto como el “funeral” del T-MEC conduce a una lectura equivocada. Estados Unidos no abandonó el acuerdo, y la ausencia de una fecha inmediata de vencimiento reduce la presión para aceptar condiciones desfavorables sólo por obtener una renovación rápida (Ríos, 2026). La observación es válida, pero no elimina el problema económico. Para los gobiernos esperar puede ser una estrategia; para una empresa que debe decidir dónde instalar una planta, la espera tiene precio.

Dixit y Pindyck (1994) mostraron que cuando una inversión es irreversible y las reglas futuras son inciertas, esperar adquiere valor propio, porque la opción de postergar vale más mientras la incertidumbre no se resuelve. No es desconfianza empresarial, sino racionalidad económica. Baker, Bloom y Davis (2016) construyeron además índices que miden la incertidumbre de política económica y la asocian con caídas observables en inversión y empleo. El Banco de México advirtió en el mismo sentido, que la inversión mantendría un desempeño débil como reflejo de la incertidumbre comercial y de la revisión del tratado (Banco de México, 2026).

Desde la ciencia fiscal la traducción es directa. Cuando una inversión se aplaza no sólo se deja de adquirir maquinaria. Dejan de generarse empleos formales, utilidades, consumo y operaciones entre proveedores, y con ello disminuye el potencial recaudatorio del impuesto sobre la renta, del impuesto al valor agregado y de las contribuciones de seguridad social. Ese es el verdadero costo fiscal de la incertidumbre comercial. No aparece en ninguna partida presupuestaria. Se manifiesta en proyectos que reducen su tamaño y en empleos que no se formalizan. Y México es, entre los países de la OCDE, el que menos puede permitírselo. Nuestra recaudación equivale a 18.3% del producto interno bruto, la más baja de los treinta y ocho miembros, frente a un promedio de 34.1% (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos [OCDE], 2025).

Así mismo, los estímulos otorgados para atraer inversión deben someterse a evaluación. Cada exención, deducción o facilidad representa ingresos que el Estado decide no cobrar. Su justificación debe depender de resultados verificables en empleo formal, permanencia, innovación, integración de proveedores y transferencia de conocimiento. Atraer capital sin revisar sus efectos puede mejorar las cifras de inversión extranjera, pero no necesariamente fortalece la Hacienda pública.

México no necesita aceptar cualquier condición para obtener certidumbre inmediata, pero tampoco puede limitarse a esperar. La negociación comercial debe acompañarse de una política nacional que fortalezca la infraestructura, la energía, la seguridad, las aduanas, la educación técnica y el financiamiento productivo. El T-MEC seguirá siendo esencial, pero no sustituye una estrategia de desarrollo. Un tratado abre mercados, no garantiza innovación ni solidez fiscal. La pregunta de fondo no es únicamente cuándo se renovará el acuerdo, sino qué economía tendrá México cuando esa renovación ocurra. Negociar con responsabilidad implica preservar el acceso comercial y, al mismo tiempo, lograr que el valor generado en el país se traduzca en conocimiento, empleo formal, inversión y capacidad contributiva. Aunado a ello, la revisión del T-MEC también debería abrir una discusión sobre transparencia algorítmica, cooperación fiscal y acceso institucional a la información necesaria para atribuir rentas digitales.

En líneas finales, México no sólo debe defender su participación en el comercio de América del Norte. Debe conseguir que esa integración fortalezca su economía y la Hacienda pública que habrá de sostener su desarrollo.

Es cuánto.

Alma Cienfuegos | Reflexiones desde la Ciencia Fiscal.

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